Descripción
Un tema de alta importancia teórico-práctica es la imputación del dolo como conocimiento a quien es declarado autor delictivo en un proceso penal. Sucede con frecuencia en los interrogatorios del juicio oral que el imputado niega los cargos con un yo no fui, o con un soy inocente, incluso más fuerte aún me acojo al silencio.
A pesar de que los testigos lo sindican como el autor de los hechos, o le es enrostrado un vídeo con el registro de su imagen cometiendo el crimen, pese a la contundencia de las evidencias en su contra, no es difícil ver en la práctica a un imputado aferrado a su firmeza de negar los cargos.
¿Qué hacer en estos casos? ¿Se ha de dar por no probado el hecho? Es más, en muchos casos hay pruebas que acreditan la subsunción del hecho al lado objetivo del tipo, pero respecto del lado subjetivo, es decir, respecto de la probanza del dolo, sólo se tiene la firmeza del autor de no confesar el crimen. ¿Cómo imputar dolo entonces a un autor que lo niega todo?
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