La promulgación del nuevo Código penal y a su vez el cambio curricular de los estudios en las Facultades de Derecho nos ha obligado a una transformación completa del Manual de Derecho Penal. Por eso lo hemos programado en dos volúmenes diferentes. El primero, que es el que ahora presentamos, comprende los fundamentos del derecho penal y del sistema de coacción del Estado en general, conjuntamente con la teoría de la determinación de la pena. El segundo comprenderá lo que es la teoría del delito y la teoría del sujeto responsable.

Por la circunstancia del cambio curricular, nuestra intención es ofrecer una obra más sintética y accesible al estudiante y, por eso mismo, sin el acopio bibliográfico que tenía antes. En este aspecto, hemos optado por indicar la más reciente y en castellano, limitándonos a citar la extranjera solo en aquellos casos en que, habiendo sido fuente directa de inspiración, su omisión hubiera sido intelectualmente inexcusable. En todo caso, aparte de la bibliografía particular citada en cada capítulo, al final de la obra hay una bibliografía general.

No obstante, la línea crítica que ha informado la obra desde su primera edición y que es su característica principal, sigue estando presente. Por otra parte, como toda obra humana, y porque estimamos que no hay nada definitivo ni absoluto, en diferentes materias hemos variado nuestra opinión. Creemos que este es uno de los méritos más importantes de ella y que, más allá de la reforma, fundamenta la existencia de una nueva edición. Frente al nuevo Código, al pronunciarnos críticamente, dado que nos parece demasiado pronto para hacer propuestas de lege ferenda o propiciar modificaciones, estimamos que es más adecuado sugerir una interpretación que se avenga con los principios generales que deben informar el derecho penal y los derechos reconocidos en la Constitución política.

Ejemplo preclaro de ello es el caso del concepto de peligrosidad criminal, de clara raigambre positivista y abiertamente contradictorio con un derecho penal del hecho y con los derechos fundamentales. De ahí que, sin perjuicio de criticar su inclusión, hemos interpretado este concepto como la exigencia al Estado de ofrecer alternativas de cooperación a la persona para que en el futuro pueda resolver sus conflictos sociales sin recurrir a la violencia. También es una novedad el hecho de que esta reestructuración de lo que anteriormente fue un Manual, y hoy simplemente Lecciones, sea editado por Trotta, lo que para nosotros constituye una especial satisfacción, pues su línea editorial coincide con el pensamiento que recorre nuestra obra.

Ello no significa, sin embargo, no agradecer a PPU, que durante tanto tiempo estuvo a cargo de ella y de su difusión, en especial por la amistad que siempre nos brindó su gerente Manel Joaniquet. Puede extrañar al lector que uno de nosotros ejerza de catedrático en España y, en cambio, el otro en Chile. Pensamos que esta circunstancia contribuye a enriquecer el diálogo entre América latina y España y a hacer realidad fructífera en el ámbito del Derecho la fluidez de las comunicaciones y de las relaciones que será la característica del próximo milenio. Finalmente, agradecer a todas las personas que nos han apoyado en nuestro trabajo, en particular al profesor Dr. Gonzalo Escobar Marulanda por sus valiosas indicaciones, especialmente en el ámbito de la teoría de la pena, y a Lautaro Contreras, talentoso estudiante de Derecho que contribuyó a la revisión del texto.