Descripción
Han transcurrido más de dos décadas desde que emprendiera la tarea de desarrollar una teoría jurídica pura, es decir: una teoría del derecho purificada de toda ideología política y de todo elemento científico-natural, consciente de su singularidad en razón de la legalidad propia de su objeto. Desde el comienzo mismo fue mi objetivo elevar la ciencia del derecho, que se agotaba casi completamente abierta o disimuladamente- en una argumentación jurídico-política, al nivel de una auténtica ciencia, de una ciencia del espíritu. Correspondía desplegar sus tendencias orientadas, no a la función configurador de su objeto, sino exclusivamente al conocimiento del derecho, para acercarla, en la medida en que fuera de alguna suerte posible, al ideal de toda ciencia: objetividad y exactitud.
Con satisfacción pude comprobar hoy que no he quedado solo en ese camino. En todos los países civilizados, en todos los círculos donde se cumplen los tan diversos trabajos profesionales jurídicos, tanto en los teóricos como en los prácticos, e inclusive en representantes de ciencias próximas, encontré una aprobación animadora. Se cerraron vínculos más estrechos entre un círculo de investigadores con idénticos propósitos, que se suele denominar mi «escuela», y que solo lo es en el sentido de que allí cada uno intenta aprender del otro, sin renunciar por ello a proseguir su propio camino. No es escaso tampoco el número de aquellos que, sin adoptar la Teoría pura del derecho, en parte sin nombrarla, e inclusive rechazando directamente y poco amistosamente, toman de ella resultados esenciales. A estos agradezco especialmente, puesto que ellos testimonian, aun contra su voluntad, mejor que los partidarios más fieles, la utilidad de mi doctrina.
La misma ha provocado, junto a reconocimiento e imitación, también oposición; una oposición desatada con un apasionamiento casi sin ejemplos en la historia de la ciencia del derecho, y que de ninguna manera puede explicarse a partir de las oposiciones objetivas que así aparecen. Puesto que dicha oposición reposa en parte en malos entendidos que, por añadidura, no parecieran ser enteramente intencionales y que apenas podrían, cuando se dan realmente, justificar la profunda actitud del opositor. Puesto que la teoría combatida no es, de ninguna manera, tan inauditamente nueva, ni se encuentra en contradicción con todo lo producido hasta ahora. Puede ser entendida como la continuación de tesis que ya Se anunciaban en la ciencia jurídica positivista del siglo XIX. Pero también de ella provienen mis oponentes. Lo que provoca este escándalo en la literatura no es tanto que yo sugiera a la actual ciencia
del derecho un cambio de orientación completo, si no que tenga la impertinencia de insistir en que mantenga una de las orientaciones, entre las cuales oscila inseguramente de aquí para allá; no es tanta la novedad, como más bien la consistencia de mi doctrina la que lo provoca y ya esto solo permite sospechar que en la lucha contra la Teoría pura del derecho actúan, no solo motivaciones científicas, sino sobre todo, políticas, altamente cargadas, por ende, de emotividad. La cuestión de si se trata de una ciencia de la naturaleza o del espíritu no puede encender así los ánimos, puesto que la separación de una de la otra se ha cumplido casi sin oposición.
Aquí solo puede tratarse únicamente de poner en movimiento más acelerado a la ciencia del derecho, esa provincia alejada del centro del espíritu, que solo a los tumbos intenta seguir lentamente el progreso, poniéndola en contacto inmediato con la teoría general de la ciencia. En verdad, el pleito no atañe al lugar de la ciencia jurídica en el marco de la ciencia, y las consecuencias resultantes, como pareciera ser el caso; se trata de la relación de la ciencia del derecho con la política, de la neta separación entre ambas; de la renuncia a la arraigada costumbre de defender exigencias políticas en nombre de la ciencia del derecho, invocando, pues, una instancia objetiva, exigencias políticas que solo poseen un carácter supremamente subjetivo aun cuando, con la mejor fe, aparezcan como el ideal de una religión, una nación O de una clase.
Parte 1. Derecho y naturaleza
l. La "pureza"
2. Lo que acontece y su significado jurídico
3. El sentido subjetivo y el sentido objetivo de los actos. La autoatribución de significado
4. La norma
a) La norma como esquema de explicitación conceptual
b) Norma y producción de normas
e) Validez y dominio de validez de la norma
d) Regulación positiva y negativa: obligar, facultar, permitir
e) Norma y valor
5. El sistema social
a) Sistemas sociales que. Estatuyen sanciones
b) ¿Existen sistemas sociales sin sanciones?
e) Sanciones trascendentes y sanciones socialmente inmanentes
6. El orden jurídico
a) El derecho: orden de la conducta humana
b) El derecho, un orden coactivo
a) Los actos coactivos estatuidos por el orden jurídico como sanciones
- El monopolio de la coacción por la comunidad jurídica 49
- Orden jurídico y seguridad colectiva 50
- Actos coactivos carentes del carácter de sanciones 53
- El mínimo de libertad 5 5
- El derecho como orden coactivo normativo. Comunidad jurídica y "bandas de ladrones" 57
d) ¿Obligaciones jurídicas sin sanción?
e) Normas jurídicas no independientes
Parte 2. Derecho y moral
7. Las normas morales como normas sociales
8. La moral como regulación del comportamiento interno
9. La moral como orden positivo sin carácter coactivo
10. El derecho como parte de la moral
11. Relatividad del valor moral
12. Separación del derecho y la moral
13. Justificación del derecho por la moral
Parte 3. Derecho y ciencia
14. Las normas jurídicas como objeto de la ciencia del derecho
15. Teoría estática y dinámica del derecho
16. Norma jurídica y enunciado jurídico
17. Ciencia causal y ciencia normativa
18. Causalidad e imputación; ley natural y ley jurídica
19. El principio de imputación en el pensamiento de los primitivos
20. El origen del principio de causalidad en el de imputación
21. Ciencia social causal y ciencia social normativa
22. Diferencias entre el principio de causalidad y el de imputación
23. El problema de la libertad de la voluntad
24. Contenido de normas sociales constituido por hechos distintos de la conducta humana
25. Normas categóricas
26. La negación del deber; el derecho como "ideología''
Parte 4. Estática jurídica
27. La sanción: el acto ilícito y la consecuencia de lo ilícito
a) Las sanciones de los derechos nacional e internacional
b) El acto ilícito (delito) como condición del derecho, y no su negación
28. Obligación jurídica y responsabilidad
a) Obligación jurídica y sanción
b) Obligación jurídica y deber
e) Responsabilidad
d) Responsabilidad individual y colectiva
e) Responsabilidad intencional y responsabilidad por el resultado
f) El deber de reparar el daño
g) La responsabilidad colectiva como responsabilidad por el resultado
29. El derecho subjetivo: tener derecho y estar facultado
a) Derecho y obligación
b) Derechos personales y reales
e) El derecho subjetivo como un interés jurídicamente protegido
d) El derecho subjetivo como poder jurídico
e) El derecho subjetivo como una permisión (administrativa) positiva
f) Los derechos políticos
30. Capacidad jurídica. Competencia. Órgano
a) Capacidad jurídica
b) Competencia
e) órgano jurídico
31. Capacidad de derecho. Representación
32. Relación jurídica
33. Sujeto de derecho. ¡La persona!
a) Sujeto de derecho
b) La persona como persona física
e) La persona jurídica (asociaciones)
d} La persona jurídica como sujeto activo
e} La persona jurídica como sujeto de obligaciones y derechos
u) Obligaciones de la persona jurídica
!l) Responsabilidad de la persona jurídica
y) Derechos subjetivos de la persona jurídica
f) La persona jurídica como concepto auxiliar de la ciencia del derecho
g) Superación del dualismo entre el derecho en sentido objetivo y el derecho en sentido subjetivo
Parte 5. Dinámica jurídica
34. El fundamento de validez de un orden normativo: la norma fúndante básica
a) Sentido de la pregunta por el fundamento de validez
b) El principio estático y el principio dinámico
e) El fundamento de validez de un orden jurídico
d) La norma fúndante básica como presupuesto lógico-trascendental
e) La unidad lógica del orden jurídico. Conflictos normativos
f) Legitimidad y efectividad
g) Validez y eficacia
h) La norma fúndante básica del derecho internacional
i) La teoría de la norma fúndante básica y la doctrina del derecho natural
i) La norma fúndante del derecho natural
35. La construcción escalonada del orden jurídico
a) La constitución
b) Legislación y costumbre
e) Ley y ordenanza reglamentaria
d) Derecho sustantivo y derecho formal
e) Las llamadas "fuentes del derecho"
f) Producción, aplicación y acatamiento del derecho
g) La función judicial
h) El negocio jurídico
i) La administración
j) Conflicto entre normas de diverso nivel
k) Nulidad y anulabilidad
Parte 6. Derecho y Estado
36. Forma jurídica y forma del Estado
37. Derecho público y privado
38. Carácter ideológico del dualismo entre derecho público y privado
39. El dualismo tradicional entre Estado y derecho
40. La función ideológica del dualismo de Estado y derecho
41. La identidad del Estado con el derecho
a) El Estado como orden jurídico
b) El Estado como persona jurídica
d) Centralización y descentralización
e) La disolución del dualismo entre derecho y Estado
Parte 7. Estado y derecho internacional
42. La esencia del derecho internacional
a) La naturaleza jurídica del derecho internacional
b) El derecho internacional como orden jurídico primitivo
e) La construcción escalonada del derecho internacional
d) Obligación y faculta miento meramente mediato por el derecho internacional
43. Derecho internacional y derecho estatal
a) La unidad del derecho internacional y del derecho estatal
b) Ningún conflicto entre el derecho internacional y el derecho estatal
e) La Relación recíproca de dos sistemas normativos
d) La inevitabilidad de la construcción monista
44. Iusvisión y concepción del mundo
Parte 7. La interpretación
45. La esencia de la interpretación. Interpretación auténtica y no auténtica
a) Indeterminación relativa del acto de aplicación de derecho
b) Indeterminación intencional del acto de aplicación de derecho
e) Indeterminación no intencional del acto de aplicación de derecho
d) El derecho aplicable como un marco dentro del cual hay varias posibilidades de aplicación
e) Los llamados métodos de interpretación
46. La interpretación como acto de conocimiento o de voluntad
47. La interpretación en la ciencia del derecho
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- Título: Teoría Pura del Derecho
- Autor/es: Hans Kelsen
- Edición: 1ra Edición
- Año de publicación: 1997
- Tipo de archivo: eBook
- Idioma: eBook en Español
- ISBN-10: 9685800324
- Subtema: Teoría Jurídica
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